Relación de documentos públicos que regulan los
programas de Atención a la Diversidad
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Decreto de
ordenación de Atención a la Diversidad
(ver)
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Medidas de atención a la diversidad para facilitar a
los centros la elaboración y desarrollo de los Planes de
Atención a la Diversidad
(ver)
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Implantación de los
planes de Atención a la Diversidad. c. 2006-07
(ver)
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Orden que regula la
C.E.S.P.A.D. (Comisión de elaboración y seguimiento)
(ver)
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Funciones de los
diferentes profesionales y organos (Consejo Escolar,
Claustro, Comisión de Coordinación Pedagógica...) en el
ámbito de la Atención a la Diversidad.
(ver)
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Relación de documento internos
referidos sl Programa de Atención a la Diversidad
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Nuestro
programa de Atención a la Diversidad
(ver)
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Memoria
correspondiente al curso 2005-06
(ver)
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Nota
informativa de abril de 2007. (ver)
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Calendario de intervenciones: (según Orden EDU
5/2006)
CESPAD debe celebrar sesiones trimestrales
de evaluación.
El Claustro, a fin de curso debiera haber
evaluado el PAD, formular en acta sus conclusiones y propuestas
de mejora que debieran haber sido recogidas en la memoria anual
del centro
CESPAD a principio de curso realiza
revisión del PAD según lo recogido en la memoria anual del
curso.
Con las modificaciones correspondientes
debiera haber pasado a formar parte del Proyecto Curricular del
Centro y de la Programación General Anual
Competencias de los diferentes órganos de gobierno y
profesionales (según Orden EDU 21/2006)
Como veréis, esta
orden asigna un volumen importante de trabajo a la COMISION
DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA. Esta Comisión, sigue las
directrices que marca el CLAUSTRO y, en la práctica,
prepara el trabajo que aprobará o no el claustro, ya que la
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA es un organo de coordinación
docente y no de gobierno.
La
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA sólo es obligatoria en los
centros de 12 o más unidades. En los de menos, su creación es
libre. Y en los centros en que no existe esta Comisión, sun
funciones las debe realizar el CLAUSTRO.
En
la práctica, en nuestro centro, significaría encomendar al
orientador la preparación del trabajo que luego aprobaría o no
el Claustro y facilitaría al Director y al Jefe de
Estudios el desempeño de sus funciones en este tema.
Desde que aprobamos el Programa de Atención a la Diversidad
propuse al Director en varias ocasiones la creación de esta
Comisión pero hasta el momento no se ha pronunciado al respecto.
Dada
la demora que llevamos respecto a los compromisos de este
Programa os propongo considerar esta alternativa, al menos con
carácter experimental.
Por
otra parte, la Orden que regula los Planes de Atención a la
Dversidad y la Comisión de Elaboración y seguimiento, establece
que "La Administración educativa podrá autorizar una composición
de la CESPAD distinta de la establecida en el presente artículo,
siempre y cuando las características y circunstancias del centro
así lo aconsejen." Este artículo permitiría al Colegio diseñar
una fórmula alternativa en caso de que el Jefe de Estudios no
disponga de tiempo suficiente para asumir las labores
encomendadas a esta Comisión.
Competencias del equipo directivo.
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Impulsar, dirigir y coordinar el Plan de Atención a la
Diversidad (en adelante PAD) del centro.
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Participar en la elaboración, seguimiento, evaluación y
revisión del PAD del centro, y promover su desarrollo y
aplicación.
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Informar y asesorar a la comunidad educativa sobre el PAD.
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Colaborar en el asesoramiento y la intervención con las
familias del alumnado cuando la situación lo requiera.
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Coordinar las intervenciones y los servicios que pueden
prestar en el centro otras entidades y organismos ajenos al
mismo en el ámbito de la atención a la diversidad.
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Presentar el PAD al Consejo Escolar del centro.
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Elevar a la Consejería de Educación el PAD del centro.
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Colaborar con la Consejería de Educación en el proceso de
supervisión del PAD.
Atribuciones del Consejo Escolar.
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Formular propuestas a la comisión encargada de elaborar y
realizar el seguimiento del Plan de Atención a la Diversidad (en
adelante CESPAD) para la elaboración del
PAD.
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Conocer el PAD del centro y recibir información sobre la
aplicación del mismo.
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Analizar el funcionamiento del PAD que se desarrolla
anualmente y hacer las correspondientes sugerencias de mejora.
Atribuciones del Claustro de Profesores.
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Establecer los criterios para la elaboración, seguimiento y
revisión del PAD y formular a la CESPAD las propuestas que
considere oportunas.
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Proponer a los miembros de la CESPAD de entre el profesorado
que presente su candidatura.
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Aprobar el PAD del centro, así como las modificaciones que se
deriven del proceso de revisión del mismo.
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Participar en el desarrollo del PAD en el centro educativo.
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Colaborar con la CESPAD en el seguimiento del PAD.
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Evaluar la aplicación y desarrollo del PAD, de acuerdo con el
contenido del mismo.
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Elaborar las conclusiones derivadas de la evaluación del PAD
y formular las correspondientes propuestas de mejora.
Funciones de la Comisión de Coordinación
Pedagógica.
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Establecer las directrices generales, de acuerdo con los
criterios fijados por el Claustro, para la elaboración,
seguimiento y revisión del Plan de Atención a la Diversidad.
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Supervisar la elaboración del Plan de Atención a la
Diversidad.
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Presentar al Claustro, para proceder a su aprobación, el Plan
de Atención a la Diversidad del centro, así como las
modificaciones que se deriven del proceso de revisión del mismo.
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Valorar las propuestas de la CESPAD, antes de ser presentadas
al Claustro para su aprobación.
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Velar por la aplicación del PAD.
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Colaborar con la CESPAD en el seguimiento del PAD.
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Realizar anualmente una valoración sobre la aplicación del
PAD basada en el seguimiento realizado por la CESPAD y en las
aportaciones elaboradas por los equipos
de ciclo y/o los departamentos de coordinación didáctica, y
remitirla al Claustro.
Funciones de la CESPAD.
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Realizar la planificación de las tareas que debe desarrollar,
incluyendo las previsiones relativas tanto a organización y
temporalización como a la coordinación de sus actuaciones con
otros órganos del centro.
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Elaborar el PAD de acuerdo con los criterios establecidos por
el Claustro y las directrices de la Comisión de Coordinación
Pedagógica, recogiendo, asimismo, las sugerencias procedentes de
los diferentes miembros, órganos y servicios de la comunidad
educativa.
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Elevar el PAD a la Comisión de Coordinación Pedagógica.
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Realizar el seguimiento del PAD e informar a la Comisión de
Coordinación Pedagógica de su aplicación.
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Revisar anualmente el PAD conforme a las conclusiones
elaboradas por el Claustro, derivadas del proceso de evaluación
del Plan.
Funciones del profesorado tutor.
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Participar en el proceso de detección y valoración de
necesidades educativas del alumnado, así como en la adopción, en
su caso, de las medidas que sean necesarias.
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Colaborar, bajo la dirección de la jefatura de estudios, en
la prevención y detección temprana de dificultades de
aprendizaje.
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Colaborar con los responsables de la evaluación
psicopedagógica aportando información relevante acerca del
desarrollo cognitivo, afectivo y social del alumnado.
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Coordinar a los equipos docentes en la aplicación y
evaluación de las medidas de atención a la diversidad que se
adopten con el alumnado al que atiende y, en su caso,
hacer las correspondientes propuestas de mejora.
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Participar, bajo la coordinación de la jefatura de estudios,
en el desarrollo de las medidas que se contemplen en el PAD para
el grupo de alumnos/as del que es tutor/a.
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Coordinar al profesorado de las diferentes áreas, materias,
ámbitos y módulos en la elaboración, desarrollo y seguimiento de
las adaptaciones curriculares significativas del grupo de
alumnos/as que tiene asignado.
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Desarrollar las actividades relacionadas con la orientación
personal, escolar y/o profesional del alumnado.
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Participar en el intercambio y transmisión de información del
alumnado con necesidades educativas en el tránsito por los
diferentes cursos, ciclos, niveles y/o etapas educativas.
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Solicitar, en los casos en que sea necesario, la autorización
de las familias para la aplicación de medidas de atención a la
diversidad.
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Asesorar e intervenir con las familias del alumnado cuando la
situación lo requiera.
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Informar a las familias sobre el contenido del PAD, sobre las
medidas de atención a la diversidad que se están adoptando con
el alumnado de su tutoría y sobre los resultados de las mismas,
así como recabar información sobre la incidencia que éstas
puedan tener en los ámbitos personal, familiar y social del
alumnado.
Funciones de los órganos encargados de la
orientación educativa.
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Formular propuestas para la elaboración y seguimiento
del PAD del centro y elevarlas a la CESPAD.
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Asesorar y colaborar en la prevención y detección temprana de
dificultades de aprendizaje, y en la programación y aplicación
de adaptaciones curriculares, así como en el desarrollo de todas
las medidas recogidas en el PAD del centro.
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Colaborar con los equipos docentes en el establecimiento de
criterios tanto para la aplicación de medidas de atención a la
diversidad adecuadas a las necesidades de los alumnos/as o de
los grupos de alumnos/as, como, en su caso, para la
incorporación del alumnado a dichas medidas.
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Proponer criterios y procedimientos para realizar
adaptaciones curriculares y elevarla a la Comisión de
Coordinación Pedagógica, para su discusión y aprobación por el
Claustro. e) Aplicar coordinadamente las medidas contempladas en
el PAD, en el ámbito de sus competencias.
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Colaborar en el seguimiento del PAD, incidiendo especialmente
en el análisis y valoración de su influencia en la evolución del
rendimiento escolar, en la convivencia y en aquellos aspectos
que contribuyan al desarrollo personal y social del alumnado,
haciendo las correspondientes propuestas
de mejora.
Profesorado de la especialidad de Audición y
Lenguaje.
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Colaborar con el profesorado, con el tutor/a y con el
orientador/a en la detección de graves retrasos o trastornos de
la comunicación y del lenguaje en el alumnado.
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Colaborar con el orientador/a en la evaluación
psicopedagógica específica del alumnado con graves retrasos o
trastornos de la comunicación y del lenguaje.
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Colaborar con el profesorado en la elaboración de las
adaptaciones curriculares del alumnado en todo lo referente al
campo de la comunicación y del lenguaje, así
como en la elaboración y/o selección de materiales didácticos
relacionados con dicho campo.
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Colaborar con el profesorado que tiene a su cargo alumnado
con dificultades en el campo de la comunicación y del lenguaje
tanto en la búsqueda de estrategias adecuadas a cada caso como
en el desarrollo, seguimiento y evaluación de las adaptaciones
curriculares.
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Intervenir con el alumnado que presente graves retrasos o
trastornos en el campo de la comunicación y del lenguaje de
forma individual o en grupos reducidos, tanto en el aula
ordinaria como en el aula de apoyo, en coordinación con el
profesorado de las distintas áreas, materias, ámbitos y/o
módulos.
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Colaborar en el proceso de incorporación del alumnado con el
que interviene a los diferentes programas y agrupamientos que
para dicho alumnado se contemplen en el PAD del centro.
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Evaluar la efectividad de las diferentes medidas de atención
a la diversidad adoptadas con el alumnado al que atiende y, en
su caso, hacer las correspondientes propuestas de mejora.
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h) Colaborar con el tutor/a y con el profesorado proporcionando
información e interviniendo, en su caso, con las familias del
alumnado al que atiende.
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Colaborar con los tutores y tutoras en la orientación
sobre el futuro académico y profesional del alumnado al que
atiende.
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Planificar y desarrollar medidas que se puedan llevar a cabo
con otros alumnos y alumnas que presenten dificultades en el
campo de la comunicación y del lenguaje, y planificar y
desarrollar medidas de prevención de las mismas, cuando su
disponibilidad horaria así lo permita.
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