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   PROGRAMA DE ATENCION A LA DIVERSIDAD

 

Relación de documentos públicos que regulan los programas de Atención a la Diversidad

  1. Decreto de ordenación de Atención a la Diversidad (ver)

  2. Medidas de atención a la diversidad para facilitar a los centros la elaboración y desarrollo de los Planes de Atención a la Diversidad (ver)

  3. Implantación de los planes de Atención a la Diversidad. c. 2006-07 (ver)

  4. Orden que regula la C.E.S.P.A.D. (Comisión de elaboración y seguimiento) (ver)

  5. Funciones de los diferentes profesionales y organos (Consejo Escolar, Claustro, Comisión de Coordinación Pedagógica...) en el ámbito de la Atención a la Diversidad. (ver)


 

Relación de documento internos referidos sl Programa de Atención a la Diversidad

  1. Nuestro programa de Atención a la Diversidad (ver)

  2. Memoria correspondiente al curso 2005-06 (ver)

  3. Nota informativa de abril de 2007. (ver)

 

Calendario de intervenciones: (según Orden EDU 5/2006)

CESPAD debe celebrar sesiones trimestrales de evaluación.

El Claustro, a fin de curso debiera haber evaluado el PAD, formular en acta sus conclusiones y propuestas de mejora que debieran haber sido recogidas en la memoria anual del centro

CESPAD a principio de curso realiza revisión del PAD según lo recogido en la memoria anual del curso.

Con las modificaciones correspondientes debiera haber pasado a formar parte del Proyecto Curricular del Centro y de la Programación General Anual

Competencias de los diferentes órganos de gobierno y profesionales (según Orden EDU 21/2006)

Como veréis, esta orden asigna un volumen importante de trabajo a la COMISION DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA. Esta Comisión, sigue las directrices que marca el CLAUSTRO y, en la práctica, prepara el trabajo que aprobará o no el claustro, ya que la COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA es un organo de coordinación docente y no de gobierno.

La COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGOGICA sólo es obligatoria en los centros de 12 o más unidades. En los de menos, su creación es libre. Y en los centros en que no existe esta Comisión, sun funciones las debe realizar el CLAUSTRO.

En la práctica, en nuestro centro, significaría encomendar al orientador la preparación del trabajo que luego aprobaría o no el Claustro y facilitaría al Director y al Jefe de Estudios el desempeño de sus funciones en este tema.

Desde que aprobamos el Programa de Atención a la Diversidad propuse al Director en varias ocasiones la creación de esta Comisión pero hasta el momento no se ha pronunciado al respecto.

Dada la demora que llevamos respecto a los compromisos de este Programa os propongo considerar esta alternativa, al menos con carácter experimental.

Por otra parte, la Orden que regula los Planes de Atención a la Dversidad y la Comisión de Elaboración y seguimiento, establece que "La Administración educativa podrá autorizar una composición de la CESPAD distinta de la establecida en el presente artículo, siempre y cuando las características y circunstancias del centro así lo aconsejen." Este artículo permitiría al Colegio diseñar una fórmula alternativa en caso de que el Jefe de Estudios no disponga de tiempo suficiente para asumir las labores encomendadas a esta Comisión.

Competencias del equipo directivo.

  • Impulsar, dirigir y coordinar el Plan de Atención a la Diversidad (en adelante PAD) del centro.

  • Participar en la elaboración, seguimiento, evaluación y revisión del PAD del centro, y promover su desarrollo y aplicación.

  • Informar y asesorar a la comunidad educativa sobre el PAD.

  • Colaborar en el asesoramiento y la intervención con las familias del alumnado cuando la situación lo requiera.

  • Coordinar las intervenciones y los servicios que pueden prestar en el centro otras entidades y organismos ajenos al mismo en el ámbito de la atención a la diversidad.

  • Presentar el PAD al Consejo Escolar del centro.

  • Elevar a la Consejería de Educación el PAD del centro.

  • Colaborar con la Consejería de Educación en el proceso de supervisión del PAD.

Atribuciones del Consejo Escolar.

  • Formular propuestas a la comisión encargada de elaborar y realizar el seguimiento del Plan de Atención a la Diversidad (en adelante CESPAD) para la elaboración del PAD.

  • Conocer el PAD del centro y recibir información sobre la aplicación del mismo.

  • Analizar el funcionamiento del PAD que se desarrolla anualmente y hacer las correspondientes sugerencias de mejora.

Atribuciones del Claustro de Profesores.

  • Establecer los criterios para la elaboración, seguimiento y revisión del PAD y formular a la CESPAD las propuestas que considere oportunas.

  • Proponer a los miembros de la CESPAD de entre el profesorado que presente su candidatura.

  • Aprobar el PAD del centro, así como las modificaciones que se deriven del proceso de revisión del mismo.

  • Participar en el desarrollo del PAD en el centro educativo.

  • Colaborar con la CESPAD en el seguimiento del PAD.

  • Evaluar la aplicación y desarrollo del PAD, de acuerdo con el contenido del mismo.

  • Elaborar las conclusiones derivadas de la evaluación del PAD y formular las correspondientes propuestas de mejora.

Funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica.

  • Establecer las directrices generales, de acuerdo con los criterios fijados por el Claustro, para la elaboración, seguimiento y revisión del Plan de Atención a la Diversidad.

  • Supervisar la elaboración del Plan de Atención a la Diversidad.

  • Presentar al Claustro, para proceder a su aprobación, el Plan de Atención a la Diversidad del centro, así como las modificaciones que se deriven del proceso de revisión
    del mismo.

  • Valorar las propuestas de la CESPAD, antes de ser presentadas al Claustro para su aprobación.

  • Velar por la aplicación del PAD.

  • Colaborar con la CESPAD en el seguimiento del PAD.

  • Realizar anualmente una valoración sobre la aplicación del PAD basada en el seguimiento realizado por la CESPAD y en las aportaciones elaboradas por los equipos de ciclo y/o los departamentos de coordinación didáctica, y remitirla al Claustro.

Funciones de la CESPAD.

  • Realizar la planificación de las tareas que debe desarrollar, incluyendo las previsiones relativas tanto a organización y temporalización como a la coordinación de sus actuaciones con otros órganos del centro.

  • Elaborar el PAD de acuerdo con los criterios establecidos por el Claustro y las directrices de la Comisión de Coordinación Pedagógica, recogiendo, asimismo, las sugerencias procedentes de los diferentes miembros, órganos y servicios de la comunidad educativa.

  • Elevar el PAD a la Comisión de Coordinación Pedagógica.

  • Realizar el seguimiento del PAD e informar a la Comisión de Coordinación Pedagógica de su aplicación.

  • Revisar anualmente el PAD conforme a las conclusiones elaboradas por el Claustro, derivadas del proceso de evaluación del Plan.

Funciones del profesorado tutor.

  • Participar en el proceso de detección y valoración de necesidades educativas del alumnado, así como en la adopción, en su caso, de las medidas que sean necesarias.

  • Colaborar, bajo la dirección de la jefatura de estudios, en la prevención y detección temprana de dificultades de aprendizaje.

  • Colaborar con los responsables de la evaluación psicopedagógica aportando información relevante acerca del desarrollo cognitivo, afectivo y social del alumnado.

  • Coordinar a los equipos docentes en la aplicación y evaluación de las medidas de atención a la diversidad que se adopten con el alumnado al que atiende y, en su caso, hacer las correspondientes propuestas de mejora.

  • Participar, bajo la coordinación de la jefatura de estudios, en el desarrollo de las medidas que se contemplen en el PAD para el grupo de alumnos/as del que es tutor/a.

  • Coordinar al profesorado de las diferentes áreas, materias, ámbitos y módulos en la elaboración, desarrollo y seguimiento de las adaptaciones curriculares significativas del grupo de alumnos/as que tiene asignado.

  • Desarrollar las actividades relacionadas con la orientación personal, escolar y/o profesional del alumnado.

  • Participar en el intercambio y transmisión de información del alumnado con necesidades educativas en el tránsito por los diferentes cursos, ciclos, niveles y/o etapas educativas.

  • Solicitar, en los casos en que sea necesario, la autorización de las familias para la aplicación de medidas de atención a la diversidad.

  • Asesorar e intervenir con las familias del alumnado cuando la situación lo requiera.

  • Informar a las familias sobre el contenido del PAD, sobre las medidas de atención a la diversidad que se están adoptando con el alumnado de su tutoría y sobre los resultados de las mismas, así como recabar información sobre la incidencia que éstas puedan tener en los ámbitos personal, familiar y social del alumnado.

Funciones de los órganos encargados de la orientación educativa.

  • Formular propuestas para la elaboración y seguimiento del PAD del centro y elevarlas a la CESPAD.

  • Asesorar y colaborar en la prevención y detección temprana de dificultades de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares, así como en el desarrollo de todas las medidas recogidas en el PAD del centro.

  • Colaborar con los equipos docentes en el establecimiento de criterios tanto para la aplicación de medidas de atención a la diversidad adecuadas a las necesidades de los alumnos/as o de los grupos de alumnos/as, como, en su caso, para la incorporación del alumnado a dichas medidas.

  • Proponer criterios y procedimientos para realizar adaptaciones curriculares y elevarla a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para su discusión y aprobación por el Claustro. e) Aplicar coordinadamente las medidas contempladas en el PAD, en el ámbito de sus competencias.

  • Colaborar en el seguimiento del PAD, incidiendo especialmente en el análisis y valoración de su influencia en la evolución del rendimiento escolar, en la convivencia y en aquellos aspectos que contribuyan al desarrollo personal y social del alumnado, haciendo las correspondientes propuestas de mejora.

Profesorado de la especialidad de Audición y Lenguaje.

  • Colaborar con el profesorado, con el tutor/a y con el orientador/a en la detección de graves retrasos o trastornos de la comunicación y del lenguaje en el alumnado.

  • Colaborar con el orientador/a en la evaluación psicopedagógica específica del alumnado con graves retrasos o trastornos de la comunicación y del lenguaje.

  • Colaborar con el profesorado en la elaboración de las adaptaciones curriculares del alumnado en todo lo referente al campo de la comunicación y del lenguaje, así como en la elaboración y/o selección de materiales didácticos relacionados con dicho campo.

  • Colaborar con el profesorado que tiene a su cargo alumnado con dificultades en el campo de la comunicación y del lenguaje tanto en la búsqueda de estrategias adecuadas a cada caso como en el desarrollo, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares.

  • Intervenir con el alumnado que presente graves retrasos o trastornos en el campo de la comunicación y del lenguaje de forma individual o en grupos reducidos, tanto en el aula ordinaria como en el aula de apoyo, en coordinación con el profesorado de las distintas áreas, materias, ámbitos y/o módulos.

  • Colaborar en el proceso de incorporación del alumnado con el que interviene a los diferentes programas y agrupamientos que para dicho alumnado se contemplen en el PAD del centro.

  • Evaluar la efectividad de las diferentes medidas de atención a la diversidad adoptadas con el alumnado al que atiende y, en su caso, hacer las correspondientes propuestas de mejora.

  • h) Colaborar con el tutor/a y con el profesorado proporcionando información e interviniendo, en su caso, con las familias del alumnado al que atiende.

  • Colaborar con los tutores y tutoras en la orientación sobre el futuro académico y profesional del alumnado al que atiende.

  • Planificar y desarrollar medidas que se puedan llevar a cabo con otros alumnos y alumnas que presenten dificultades en el campo de la comunicación y del lenguaje, y planificar y desarrollar medidas de prevención de las mismas, cuando su disponibilidad horaria así lo permita.